19 mayo, 2016
Los magistrados electorales resolvieron el proyecto de resolución relativo al procedimiento especial sancionador TET-PES-072/2016, relativo a la denuncia promovida por Juan Carlos Texis Aguilar, en su carácter de representante del Partido Acción Nacional (PAN) ante el Consejo General del ITE, en contra del candidato a la gubernatura Marco Antonio Mena Rodríguez, y de los partidos Revolucionario Institucional (PRI), Verde Ecologista de México (PVEM), Nueva Alianza (Panal) y Socialista (PS), por la supuesta pinta de propaganda político electoral en equipamiento urbano.
El proyecto aprobado por mayoría de votos de los magistrados Hugo Morales Alanís y de José Lumbreras García, declaró inexistentes las infracciones atribuidas al candidato y a esos cuatro institutos políticos. El magistrado Luis Manuel Muñoz Cuahutle emitió un voto particular.
Lo anterior, en razón de que los lugares en los que se ubican las pintas denunciadas por el PAN, avenida Independencia de la Colonia San Isidro del municipio de Tlaxcala no constituyen equipamiento urbano.
“Por consiguiente, atendiendo a las características que debe reunir el equipamiento urbano, precisadas en la jurisprudencia 35/2009, emitida por la Sala Superior, debe decirse que se trata de un inmueble, pero que no tiene la finalidad de prestar un servicio en beneficio de la población, tal y como se requiere en el criterio referido, para que sea considerada equipamiento urbano”, estableció el acuerdo aprobado.