24 febrero, 2016
En el SUP-JDC-4398/2015 y acumulados, promovidos por consejeros electorales distritales y locales del Instituto Nacional Electoral (INE) de Puebla y Tlaxcala, el Pleno determinó revocar el acuerdo de la Junta General Ejecutiva INE/JGE137/2015 por el que se determinaron las dietas para los consejeros ratificados o nombrados para participar en los Comicios Extraordinarios Federales y Locales Ordinarios de 2015 y 2016.
Los Magistrados consideraron ilegal el proceder de la autoridad al reducir a la mitad la dieta para los consejeros, porque ante su ratificación debió respetar las condiciones bajo las cuales fueron designados y no resulta razonable asignar dietas diferenciadas porque esto incumple con el derecho de percibir una remuneración proporcional irrenunciable e irreductible como garantía para salvaguardar la independencia, autonomía e imparcialidad de los organismos electorales.
Como se recordará, en el mes de diciembre pasado seis consejeros del Instituto Nacional Electoral (INE), impugnaron ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), la decisión que tomó el Consejo General de este organismo electoral de reducir sus dietas en un 50 por ciento para el proceso electoral de 2015-2016.
Lo anterior, se puede corroborar mediante el acceso a la página web del propio tribunal el cual señala que se levantó el número de expediente SUP-JDC 4422-2015, que fue turnado al magistrado federal Constancio Carrasco Daza, a fin de que sea analizado el mismo.
En este sentido, los consejeros de la Junta Local del INE, detallan que promueven tal acto porque va en contra de sus garantías individuales, laborales y derechos políticos, por lo que recurren a dicha instancia para reclamar lo que a derecho corresponde.
Los consejeros electorales que impugnaron son Guillermo Palomares Orozco, Angélica Cazarín Martínez, entre otros, por lo que esperarán a que dicho tribunal evalúe su impugnación, y por supuesto les den la razón porque es un acto que lesiona sus derechos y finanzas.
El acto reclamado va en contra de la Junta General del Instituto Nacional Electoral (INE) y por ello, el TEPJF deberá analizar el acuerdo número INE/JGE/137/2015, aprobado en sesión ordinaria por este órgano electoral que tiene sede en todos los estados de la República Mexicana.
* Información JAVIER CONDE