16 abril, 2013
Por JAVIER CONDE
Este día, la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación con sede en el Distrito Federal, decidió invalidar la elección del presidente y secretario de la dirigencia estatal del PRI.
Por ello, deja sin efecto la elección de José Luis González Sarmiento y de Rosa Isela Sánchez, por considerar que se violaron los derechos políticos elementales de quienes promovieron este juicio.
“Al respecto, en la misma fecha en que se resuelve este juicio ciudadano, esta sala emitió sentencia en el diverso expediente SDF-JDC-19/2013, en el cual se determinó revocar la resolución de la Sala Unitaria”.
“Y al estudiar el fondo de la controversia originalmente planteada, por lo que el efecto fue revocar la convocatoria para elegir al presidente y secretario del comité y los actos celebrados en su cumplimiento; así como reponer el procedimiento electivo”, refiere.
De forma que como consecuencia de lo resuelto en ese juicio, los actores han obtenido su pretensión, pues al revocarse la convocatoria y los actos celebrados con motivo de ella, trae como efecto la nulidad de la elección de esos cargos de dirigencia, señalan los magistrados.
De ahí que si la sesión originalmente impugnada ha sido declarada inválida, por lo que hace a la elección de Presidente y Secretario del Comité, entonces no existe materia sobre la cual pronunciarse y, dado que este juicio ciudadano fue admitido el ocho de abril, procede sobreseer en el juicio”.
Los antecedentes…
El veintinueve de enero de dos mil trece, el Comité Directivo Estatal del PRI, en el Estado de Tlaxcala (en adelante el Comité), debido a la renuncia de su Presidente y Secretario General, emitió una convocatoria para elegir a quienes ocuparían dichos cargos.
Citan que se sobresee en el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, promovido por José Alberto Carreto Guarneros y Luis Enrique Salvador Temoltzin Durante.
El dos de febrero siguiente, se celebró la sesión solemne de instalación y toma de protesta del Consejo Político Estatal del Partido Revolucionario Institucional en el Estado de Tlaxcala (en adelante Consejo Político).
“ Y en esa misma fecha, ese Consejo llevó a cabo la sesión ordinaria en la que, entre otras determinaciones, eligió al Presidente y Secretario del Comité y les tomó protesta”.
Agregan que el seis de febrero, los actores impugnaron la sesión “solemne y ordinaria” antes indicada, mediante juicio ciudadano ante dicha sala, con el cual se integró el toca electoral 79/2013.
El veintiuno de marzo de dos mil trece, la Sala Unitaria confirmó la validez de la sesión cuestionada.
En el caso, los actores controvierten la resolución de la Sala Unitaria que confirmó la validez de la sesión del Consejo Político, celebrada el dos de febrero de dos mil trece, en la que se eligió al Presidente y Secretario del Comité.
Lo anterior, esencialmente porque consideran que la hoy responsable omitió estudiar y valorar la totalidad de sus agravios y pruebas.
“Esto es, su pretensión final consiste en que se revoque la elección de esos cargos de dirección partidaria y que se les permita participar en ese proceso electivo”, cita.
Por lo anterior, la dirigencia nacional del PRI, tendrá que promover una nueva convocatoria para nombrar nuevamente dirigente provisional. Hasta el momento la dirigencia estatal no ha emitido posición alguna.