Avalan Congreso del Estado, cuenta de 26 entes públicos

21 agosto, 2018

En sesión ordinaria, el Pleno de la LXII Legislatura Local avaló los acuerdos de la Comisión de Finanzas y Fiscalización por la que se aprobaron los ejercicios fiscales de 2017 de 10 entes públicos, 11 municipios y cinco Comisiones de Agua Potable y Alcantarillado; reprueban a cinco comunas.

Los entes públicos fiscalizables a los que les fue avalada su cuenta pública correspondiente al periodo enero-diciembre de 2017, fueron: Poder Ejecutivo: Secretaría de Comunicaciones y Transportes del Estado, Secretaría de Educación Pública del Estado; Comisión Estatal de Derechos Humanos, Consejo Estatal de Población, Coordinación de Servicio Social de Estudiantes de las Instituciones de Educación Superior, Fondo Macro para el Desarrollo Integral de Tlaxcala, Instituto Tecnológico Superior de Tlaxco, Instituto Tlaxcalteca de la Cultura, O.P.D. Salud Tlaxcala y Patronato Centro de Rehabilitación Integral y Escuela en Terapia Física y Rehabilitación.

Asimismo, los municipios a los que les aprobaron su cuenta pública 2017 son: Amaxac de Guerrero, Apetatitlán de Antonio Carvajal, Chiautempan, Benito Juárez, El Carmen Tequexquitla, Españita, Mazatecochco de José María Morelos, Papalotla de Xicohténcatl, San Lorenzo Axocomanitla, Tlaxco y Xaltocan.

Así también, se avalaron los estados financieros de 2017 de las Comisiones de Agua Potable de los municipios de Tlaxcala, Chiautempan, Huamantla, Zacatelco y Apizaco.

En este sentido, se instruyó a la Comisión de Finanzas y Fiscalización y al Órgano de Fiscalización Superior a dar seguimiento a las observaciones pendientes de solventar de posible daño patrimonial, incluidas en el Informe de Resultados de los entes fiscalizados, en los términos de las Bases del Procedimiento Interno para la Dictaminación de las cuentas Públicas del período Enero-Diciembre del Ejercicio Fiscal 2017.

Además, se exhorto a la Contraloría del Ejecutivo del Gobierno del Estado aplicar la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Tlaxcala, a efecto de determinar las responsabilidades administrativas a que haya lugar en relación a las observaciones que no fueron solventadas de tipo administrativo, y que no implican una afectación al patrimonio de dichos Entes Fiscalizados.

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