Ordena Congreso Local publicación de la reseña de la bandera y escudo de Tlaxcala

15 abril, 2018

«2018, Centenario de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala”

ACUERDO

PRIMERO. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 45 y 54 fracción LX de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala; 3, 5 fracción I, 9 fracción III y 10 apartado B fracción VII de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Tlaxcala, se mandata al  Congreso del Estado de Tlaxcala, a través de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, se publique la reseña de la Bandera de Tlaxcala en los periódicos de mayor circulación del Estado, el veintidós de abril próximo; reseña que debe incluir el contenido siguiente:

RESEÑA DE LA BANDERA Y ESCUDO DE TLAXCALA

En 1981, por iniciativa del gobernador Tulio Hernández Gómez, el artista Desiderio Hernández Xochitiotzin diseñó la bandera del Estado de Tlaxcala, que más tarde pintaría en el mural llamado “El siglo de oro tlaxcalteca”, plasmado sobre el muro central del cubo de las escaleras que conectan los dos niveles del edificio del Palacio de Gobierno. El 30 de octubre de 2011, en el cabildo del municipio de Tlaxcala se reconoce la bandera de Tlaxcala como símbolo del Estado y del Municipio, y quedó así registrado dentro del bando de policía y buen gobierno de la capital de nuestra entidad. Los últimos gobernadores tlaxcaltecas han sido los principales promotores y han fomentado el respeto hacia la bandera de Tlaxcala como símbolo de la entidad.

Nuestra bandera, es propia del Estado, la cual confirma la identidad de todos sus pobladores desde la creación del Estado hasta la actualidad; se debe remarcar que nuestro lábaro no involucra una separación con respecto al país.

La bandera del Estado de Tlaxcala está dividida por dos franjas una de color rojo y una blanca en forma diagonal y en el centro el escudo de armas del Estado. Estos colores son los que han representado a la República de Tlaxcallan ya que se han llevado estandartes e insignias con los mismos.

En la actualidad, aunque esta bandera no tiene reconocimiento legal dentro de la Constitución del Estado, la población tlaxcalteca la utiliza discrecionalmente para manifestar su tlaxcaltequidad.

En la ciudad de Tlaxcala de Xicohténcatl se conmemoran actos oficiales del gobierno del Estado donde aparece la bandera tlaxcalteca bajo uso y costumbre tanto por el gobernador del Estado como por la población civil.

El Estado de Tlaxcala es un ejemplo a seguir tanto en autonomía y soberanía, al tener una identidad propia sin renunciar al federalismo de México.

ESCUDO DE ARMAS DE TLAXCALA

El escudo de armas fue otorgado por medio de una real provisión expedida en Madrid, el 22 de abril de 1535, como respuesta de la Corona de España a la solicitud del gobernador Diego Maxixcatzin, de la cabecera de Ocotelulco, en nombre de la ciudad de Tlaxcala. El documento fue escrito en pergamino.

El castillo de oro sobre rojo es la imagen heráldica de Castilla, que representa las fortalezas castellanas levantadas para resistir el avance de los moros en la península y la sangre de los infieles derramada en los campos de batalla durante la llamada Reconquista española. Como imagen principal del escudo de Tlaxcala, representa a dicha ciudad como una nueva Castilla, vencedora de los mexicas durante la Conquista.

El águila negra sobre oro es la imagen heráldica del Sacro Imperio Romano Germánico y, por tanto, representación del emperador Carlos V, que concedió el escudo. La orla de plata (bordura en lenguaje heráldico) representa la fe católica, que los tlaxcaltecas habrían abrazado sin oposición.

Las iniciales corresponden a las de los nombres latinizados de la reina Juana de Castilla, el emperador Carlos V y el entonces príncipe Felipe. Las dos coronas representan a la reina Juana, titular de la Corona castellana, y a Carlos V como cotitular de la misma Corona.

Las palmas son símbolo de victoria, en este caso sobre los mexicas. Los cráneos tienen un sentido trofeístico y representarían a los mexicas muertos durante la toma de Tenochtitlan en 1521.

SEGUNDO. Publíquese el presente acuerdo en los principales medios de comunicación escritos y de internet del Estado, el día 22 de abril del año en curso.

TERCERO. Publíquese este Acuerdo en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

Dado en la sala de sesiones del Palacio Juárez, recinto oficial del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, en la Ciudad de Tlaxcala de Xicohténcatl, a los  doce días del mes de abril del año dos mil dieciocho.

C. DULCE MARÍA ORTENCIA MASTRANZO CORONA

DIP. PRESIDENTA

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