Presentan propuesta de Ley del Patronato Antonio Díaz Varela de Chiautempan

14 noviembre, 2017

Con la finalidad de normar la organización, funcionamiento y responsabilidades del Patronato Antonio Díaz Varela, el Grupo Parlamentario del PRD en el Congreso del Estado a través del diputado César Fredy Cuatecontzi Cuahutle, presentó la iniciativa para por la que se expide la Ley del Patronato Antonio Díaz Varela, del municipio de Chiautempan.

En esta propuesta, dijo se busca fortalecer y fundamentar el actuar del Patronato Antonio Díaz Varela a fin de cumplir con sus funciones y responsabilidades como lo es de velar por el cumplimiento de sus fines, administrar correctamente el legado, controlar la actuación de los responsables, integrar la documentación contable, financiera y comprobatoria a fin ponerla a disposición del órgano técnico fiscalizador del Congreso del Estado, así como informar en tiempo y forma sobre el ejercicio y aplicación de los recursos del legado en un marco de una transparencia y rendición de cuentas.

Asimismo, refirió que  a fin de llevar a cabo la loable y solidaria intención del extinto Antonio Díaz Varela, quien lego sus bienes a fin de que las rentas que generaran se destinaran para beneficiar a las clases económicamente débiles, esta Soberanía expidió la “Ley que crea el Patronato Antonio Díaz Varela en la Ciudad de Chiautempan”, mediante decreto de fecha 11 de diciembre del año de 1970 y por lo que es innegable e imperativo actualizar el marco normativo por el que se creó dicho Patronato.

Por otra parte, el diputado Carlos Morales Badillo, en representación del grupo parlamentario del PAN, dio lectura a la propuesta para adicionar el décimo párrafo al artículo 20 de la Constitución Política Local, para adecuar la normatividad local con lo dispuesto en la reforma a los artículo 16, 17 y 73 de la Constitución Federal publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 15 de septiembre de 2015, en materia de Justicia Cotidiana.

En este sentido, reiteró que como legisladores tenemos la obligación de crear instrumentos procesales que den solución a los conflictos entre las partes en materia civil y familiar, tal y como ha sido la intención a nivel nacional, privilegiando la oralidad en los procedimientos del orden civil y familiar como un eje rector que fortalezca la diligencia y profesionalización de los impartidores de justicia y de los profesionales en derecho que represente a las partes en los procedimientos y juicos que tengan como base la oralidad.

Comentarios