28 marzo, 2024
La candidatura de Jorge Corichi Froagoso como suplente en la fórmula número uno al Senado de la República por Tlaxcala por el Partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), se encuentra en el “limbo” y pende de un hilo.
Esto después de que este miércoles la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó este miércoles la sentencia emitida el pasado 14 de marzo por la Sala Regional Ciudad de México, en la que revocó el registro aprobado por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) a través del acuerdo INE/CG232/2024.
La revocación de su candidatura fue impugnada por Corichi Fragoso ante la Sala Superior del TEPJF, dentro del expediente SUP-REC-165/2024 a cargo del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, pero este miércoles su recurso fue desechado.
La candidatura de Jorge Corichi fue impugnada en su momento por Luis Vargas González, quien es representante delegacional del gobierno de Tlaxcala en la Ciudad de Méxic, cargo que se encuentra en el área de adscripción del despacho de la gobernadora Lorena Cuéllar Cisneros. El funcionario también aspira a la suplencia de la fórmula al Senado, cuya candidatura propietaria corresponde al ex gobernador José Antonio Álvarez Lima.
De acuerdo con el resolutivo de la Sala Regional Ciudad de México, existieron “inconsistencias” en el proceso de registro de la candidatura suplente al Senado de la República, directamente imputables a Morena y a la Secretaría del Consejo General del INE.
Por ello, los magistrados electorales determinaron procedente ordenar que se subsane tal irregularidad, y una vez realizado el procedimiento correspondiente, el Consejo General determine “lo que en derecho proceda”.
La inconsistencia derivó del hecho de que Morena solicitó el registro de dos candidaturas suplentes, las cuales fueron recibidas por el INE en la misma fecha -19 de febrero- y a la misma hora, acompañando la documentación respectiva
En ese sentido, y ante la solicitud de dos registros para una misma candidatura, la Secretaría General del INE debió requerir a Morena que precisara cuál de ambas personas debía ser registrada en la candidatura, lo cual no ocurrió.
Por ello, la Sala Regional revocó el acuerdo aprobado por el Consejo General del INE, a fin de que se requiriera a Morena para que determine cuál de las dos candidaturas registrará para la suplencia de la fórmula uno al Senado de la República.
“La Secretaría del Consejo General debe reponer el procedimiento de registro de la candidatura, a fin de revisar nuevamente las solicitudes que le fueron presentadas, analizando las constancias de dicho expediente y actuar en términos de lo establecido en el acuerdo INE/CG625/2023 y el artículo 232.5 de la Ley Electoral, para realizar,-de ser el caso, los requerimientos necesarios a quien corresponda y, en su momento, presentar la propuesta que en derecho proceda al Consejo General, a fin de que resuelva el registro de la candidatura”, establece la sentencia de la Sala Regional confirmada por la Sala Superior a través del desechamiento al recurso interpuesto por Jorge Corichi.
Fuente: Martín Rodríguez | Arturo Popócatl