Matrimonio infantil y cohabitación forzada debe ser frenada y sancionada en Tlaxcala: Diana Torrejón

12 octubre, 2023

• A quien fomente matrimonios infantiles, se sancionará de ocho a treinta años de prisión y multas hasta setecientos días de salario mínimo vigente en el Estado.

El Congreso del Estado busca adoptar medidas tendentes a la eliminación de las prácticas culturales, usos y costumbres para prevenir embarazos de las niñas y adolescentes, para que el personal de salud capacitado y con enfoque de derechos humanos fomente en sus participantes una educación sexual de calidad.

Por lo anterior, la Diputada Diana Torrejón Rodríguez Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos en el Congreso local, presentó la Iniciativa con Proyecto de Decreto, por el que se REFORMAN los artículos 42, 43, 80, y 105 del Código Civil del Estado de Tlaxcala; y los artículos 45 y 50, de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Tlaxcala; de igual forma se ADICIONAN los artículos 287, 287 BIS, y el Capítulo VIII del Título IX, del Código Penal del Estado de Tlaxcala; y se DEROGAN los artículos 81,82, 83, 84 y 104, todos del Código Civil del Estado de Tlaxcala, EN MATERIA DE MATRIMONIO INFANTIL, COHABITACIÓN FORZADA, VIOLACIÓN EQUIPARADA Y EDUCACIÓN SEXUAL, para la plena observancia de los Derechos Humanos que les asisten a las Niñas, adolescentes y mujeres, e interés superior de la infancia.

En tribuna, la Legisladora resaltó que en el Estado de Tlaxcala y de acuerdo a las cifras del INEGI, en 2022, del total de alumbramientos reportados en la entidad, el 5.8% correspondió a madres con edades entre 10 y 17 años y en 2021 se registraron 71 nacimientos de madres entre 10 y 14 años. Estas cifras visibilizan el embarazo infantil como un enraizado problema de salud, educación y consecuencia de la normalización de la violencia sexual contra las niñas tlaxcaltecas.

Además de que, las discrepancias normativas y la miopía de instituciones jurídicas y de salud, tanto públicas como privadas, quienes desconocen el marco jurídico vigente en relación con las infancias impacta de manera negativa en el acceso a sus derechos.

Aun cuando el Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala indica las causales por las cuales no ameritara responsabilidad por interrupción del embarazo, que de ser resultado de violación no sancionará a quien lo cometa.

Sin embargo, se les obliga y al hacerles soportar el embarazo producto de una violación, incurriendo así en una discriminación estructural que responde a una condición estereotípica en la que se asigna a la mujer la función primordial de procreación, enfatizó.

“Lo cual supone un total descono­cimiento de la dignidad humana y del libre desarrollo de la personalidad de las mujeres gestantes, cuyo embarazo no es producto de una decisión libre y consentida, sino es el resultado de conductas arbitrarias y violentas (violación sexual) que invalidan el carácter de sujeto autónomo y de las cuales las infancias femeninas no son capaces de comprender el hecho, ni de resistirse a él, consecuencia que con toda impunidad clasifican como embarazo infantil”, enfatizó.

En consecuencia, precisó que; “las uniones informales o matrimonios formales que acontecen en nuestro país actualmente afectan el futuro de miles de niñas mexicanas. Imposibilitan su educación futura, coaccionan su voluntad y derecho al libre desarrollo de la personalidad, se desprotege el interés superior de la infancia y se le expone a sufrir diferentes tipos de violencia sexual, económica y psicológica”.

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