26 septiembre, 2023
Hace unos días, el pleno del Senado de la República aprobó una reforma al Código Penal Federal que establece hasta 18 años de prisión a los funcionarios que graben, difundan y distribuyan imágenes de cadáveres de mujeres, adolescentes y niños víctimas de violencia.
La misma sanción será también para periodistas, youtubers, personas o representantes de medios de comunicación que lo publiquen, por lo que dicha medida todavía será analizada y aprobada -sí procede- en la Cámara de Diputados Federal.
Sin duda embargo, la Cámara Alta debió incluir a hombres, pues la misma Ley General de Salud en su Capítulo V, artículo 346 que dice a la letra: “Los cadáveres no pueden ser objeto de propiedad y siempre serán tratados con respeto, dignidad y consideración”.
La acción de los senadores es un tanto discriminatoria, por lo que habrá de analizarse, profundamente, sobre este punto y quizás ponga control y fin, a información morbosa de algunos pasquines digitales, y que algunos de ellos son administrados por policías, y trabajadores de justicia y seguridad en todos sus niveles.
Es lamentable, que desde instituciones públicas sean algunos funcionarios y policías, los que filtren a reporteros de la nota roja material, de personas sin vida, con el objeto de que se hagan públicos, sin importarles las causas y efectos de su deceso; más aún cuando la violencia, haya privado.
Lo que importa, para ellas y ellos, es saciar su morbo, dar la “primicia” antes que otros medios de comunicación, y más aún, ganar likes, que ahora de eso viven y se justifican ante sus lectores y anunciantes.
El proyecto modifica la fracción XXVIII del artículo 225 de dicho ordenamiento, para establecer que son delitos contra la administración de justicia, cometidos por servidores públicos:
La información de la Cámara Alta indica que habrá sanciones a quienes den a conocer, difundan, entreguen, revelen, publiquen, transmitan, expongan, remitan, distribuyan, videograben, audiograben, fotografien, filmen, reproduzcan.
Así como, comercialicen, oferten, intercambien, copien, o compartan a quien no tenga derecho a las imágenes, audios, videos, documentos, información, indicios, hallazgos, evidencias, objetos, instrumentos o constancias que obren en una carpeta de investigación.
O bien en un proceso penal, y que por disposición de la ley o resolución de la autoridad judicial, sean reservados o confidenciales.
Dispone que a quien cometa el delito previsto en esta fracción, se le impondrá pena de prisión de seis a 12 años y multa de 500 a mil Unidades de Medida y Actualización.
Además, plantea un artículo 225 Bis para precisar que a la persona servidora pública que difunda, entregue, revele, publique, transmita, exponga, remita, distribuya, videograbe, audiograbe, fotografíe, filme, reproduzca.
Y comercialice, oferte, intercambie, copie o comparta, a quien no tenga derecho o facultad para ello, imágenes, audios, videos, documentos, información, indicios, hallazgos, evidencias, objetos, instrumentos, que obren o se encuentren en una carpeta de investigación.
O bien en un proceso penal o estén relacionados con las condiciones personales de la víctima o las circunstancias del hecho que la Ley señale como delito, se le impondrá una pena de seis a 10 años de prisión y una multa de 500 a mil Unidades de Medida y Actualización.
Y que esta sanción se aumentará hasta en una mitad más, cuando las víctimas u ofendidos sean niñas, niños, adolescentes, mujeres o que la información corresponda a cadáveres.
Las y los senadores destacaron que este proyecto tiene el propósito de garantizar una vida libre de violencia contra la mujer en todas sus formas.
Es decir, busca combatir la violencia mediática de género y su normalización, al establecer y tipificar como delito que las personas servidoras públicas filtren o difundan fotografías o información relacionada con una víctima.
Con este tipo de prácticas, aseveraron, se evitarán violaciones a la dignidad y derechos humanos de las víctimas, sus familiares o dependientes, y se garantiza el debido proceso.
Al presentar el dictamen, la presidenta de la Comisión de Justicia, Olga Sánchez Cordero, mencionó que este producto legislativo planteó garantizar la seguridad, intimidad, dignidad, protección, bienestar físico y psicológico de las víctimas.
Según, ella la divulgación de información e imágenes de las víctimas de algún delito constituyen, claramente, una lesión a la dignidad de las personas y a la memoria de las víctimas.
Recordó que, en febrero de 2020, se difundieron imágenes del cuerpo de una víctima de feminicidio en noticieros, diarios, periódicos y en redes sociales, lo que se conoció como el caso de Ingrid Escamilla Vargas.
Lamentablemente, subrayó, todos y todas fuimos testigos de la exhibición pública del material visual de su cuerpo, como si se tratará de cualquier noticia cotidiana, lo que laceró gravemente la dignidad y memoria de su persona y de sus familiares.
Sánchez Cordero dijo que es fundamental reconocer que la justicia en materia penal no sólo recae en una sentencia, sino también en el respeto irrestricto a la dignidad y memoria de las víctimas, sean directas o indirectas.
El dictamen, que se remitió a la Cámara de Diputados, menciona que este suceso, puso en el centro del debate la actuación de las autoridades y personas servidoras públicas, en la integración de las carpetas de investigación del delito de feminicidio.
Y desde luego la falta de probidad en el manejo de información y material contenido en dichas carpetas, que deberían encontrarse bajo la debida confidencialidad y reserva.
El Gobierno del Estado, a través de la Coordinación Genera de Información distribuyó un video del planteamiento que la propia Olga Sánchez Cordero.
Ello, como una lectura para reporteras y reporteros de la nota roja cuando debería también hacerlo llegar a esos funcionarios, que se creen policías y que solo buscan posicionarse política y socialmente.
Además, a aquellos policías estatales y trabajadores de la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE), y efectivos municipales que nutren páginas en Facebook, y a periodistas, para saciar -insisto- su morbo y sus oscuros intereses.
La propuesta presentada en el Senado, es motivo de debate, pero considero que esos “sagaces” de la información no la entienden cuando el riesgo de que coarten la libertad de prensa y de expresión está latente.
Tal iniciativa quizás tenga su don, que frene los excesos en la divulgación de imágenes de mujeres, niñas y niños, así como de adolescentes, pero remarcó hay un asunto de discriminación al no ser pareja.
Ya lo dijo el propio presidente de la República, Andrés López, la igualdad, la equidad de género también es para hombres, debe ser pareja y en eso estoy de acuerdo.
Quien me diga en qué línea o párrafo está la palabra (hombre), reculo y ofrezco una disculpa por mi yerro. Espero comentarios.
¿Dónde está?… ¿Dónde están?
Desde hace nueve años me sigo formulando la misma pregunta ¿Dónde está el tlaxcalteca César Manuel González y 42 normalistas más?…
Las autoridades siguen con lo mismo, y solo se dedican a ofender la inteligencia de los padres de los 43 normalistas de Ayotznapa.
Ni la verdad jurídica, ni la verdad histórica, en este México bárbaro.
¡Nos leemos mañana!…