Determina SCJN que Nayarit y el resto de los estados carecen de facultades para declarar la “Fiesta Brava” y las “Peleas de Gallos” como Patrimonio Cultural Inmaterial

15 junio, 2022

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación otorgó un amparo contra el Decreto del Estado de Nayarit en el cual se declaró a la «fiesta taurina» y a las «peleas de gallos», como patrimonio cultural inmaterial del tal entidad federativa.

Para otorgar el amparo, la Sala precisó que la facultad para emitir este tipo de declaratorias sobre patrimonio cultural corresponde a la Federación y no así a los Estados de la República, conforme a la interpretación de la
Constitución Federal y la Ley General de Cultura y Derechos Culturales.

Por ello, resultó inconstitucional el Decreto reclamado en el juico de amparo, ya que el Estado de Nayarit no cuenta con la facultad de declarar a la «fiesta taurina» y a las «peleas de gallos» como patrimonio cultural inmaterial.

Finalmente, la Sala destacó que en este caso no se resolvió sobre si deben o no ser prohibidas legalmente las «peleas
de gallos» o la «fiesta taurina», ya que ello es una cuestión que no fue planteada en el juicio de amparo.

En ese sentido, la única decisión de la Sala fue que el Estado de Nayarit carece de competencia para declarar a estas
actividades como patrimonio cultural inmaterial.

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