Extrabajador del TET, acusa a Luis Manuel Muñoz que es inelegible para ser magistrado del TSJE

03 marzo, 2021

El abogado Luis Manuel Muñoz Cuahutle es inelegible para ser magistrado en el Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE), ya que existen dos carpetas de investigación en su contra y un juicio de conflictos y diferencias labores, aseguró un ex trabajador del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET).

De acuerdo con un expediente al que tuvo acceso este medio de comunicación el ex trabajador Andrés N. quien pidió el anonimato por temor a represalias en su contra, existen denuncias presentadas ante la delegación estatal de la Fiscalía General de la República (FGR) y la Procuraduría General de Justicia en el Estado (PGJE).

Se trata de la carpeta de investigación con el expediente C.I. AITLAX/T4/1848/2020, “contra la Adecuada Impartición de Justicia, Fraude procesal, en donde dicho aspirante cometió hechos que la ley señala como delito, dentro del procedimiento laboral TETCS-JDCL-045/2018, al contestar la demanda”.

“Adjunto documentos completamente alterados con el estampado de firmas, utilización de sellos de oficialía de partes, del departamento de recursos humanos del Tribunal Electoral local, simulación de una acta de sesión, elaboración, redacción, obligación a la renuncia donde prohibió a denunciar y demandar, todo por haber sido Presidente del TET.”

La denuncia con el expediente C.I. 949/2020/ FGR, es “por hechos que la ley señala como delito a la Ley de Amparo, previsto y sancionado por el artículo 262 fracción I, de la citada materia, de 3 a 9 años de prisión, así como destitución e inhabilitación para desempeñar cargo, empleo o comisión público”.

Además del Juicio de Conflictos o Diferencias Laborales marcado en el expediente TET-CS-JDCL045/2018, “del cual le fue asignado nuevo número de expediente al momento de resolver el diecisiete de septiembre del dos mil diecinueve TET- JDCL-083/2019, pronunciado por el hoy aspirante integrante del pleno Tribunal Electoral de Tlaxcala, con laudo absolutorio, donde fue Juez y parte, donde pudo haber inaplicado el artículo 118 de la LMIPET, y sin en cambio no lo hizo, faltando a los principios de independencia, imparcialidad, ética profesional.” (sic).

De igual manera Juicio de Amparo Directo con número 851/2019, ante “el Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito, del cual concedió al afectado el Amparo para efectos por vicios de fondo, todo por su causa”, revela el diario escena informativa.

Comentarios