Emplaza SCJN a diputados a rendir informe sobre aplicación de impuesto en alumbrado público

06 febrero, 2019

Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), fijaron un plazo de dos semanas al Congreso del Estado, a fin de que rinda un informe sobre la aplicación de un impuesto del 6.5 por ciento, en alumbrado público municipal.

Y es que la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), interpuso una acción de inconstitucionalidad, derivado de que ciudadanos recurrieran a este mecanismo de control.

El presidente de este organismo autónomo, Luis Raúl González Pérez, acreditó tal queja interpuesta por varios abogados, donde acusan que al Congreso del Estado, de invadir esferas de competencia al imponer este gravamen.

En el documento que presentó la CNDH a la SCJN el 29 de enero de 2018, indica que «el legislador de Tlaxcala, establece una contribución por el servicio de alumbrado público, que denomina ‘derecho’, pero cuya base es el consumo de energía eléctrica de los sujetos obligados a pagarlo».

«Lo que se constituye en una transgresión a los derechos humanos de los contribuyentes a la proporcionalidad en los tributos; en tanto, que no existe congruencia en la relación entre el hecho imponible y la base del ‘derecho’, puesto que no se está pagando por la prestación del servicio, alumbrado público, otorgado por el municipio, sino por el mayor o menor consumo de energía eléctrica de los contribuyentes», dice.

Por lo anterior, a juicio de la CNDH, los artículos 54 de la Ley de Ingresos del Municipio de Chiautempan; 48 de la Ley de Ingresos del Municipio de Tequexquitla; 63 de la Ley de Ingresos del Municipio de Ixtacuixtla; 33 de la Ley de Ingresos del Municipio de Mazatecochco; del 51 de la Ley de Ingresos del Municipio de Axocomanitla, están bajo observación.

Dichas leyes locales y otras más fueron avaladas para el ejercicio fiscal 2018, y publicadas en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, de fecha 29 de diciembre de 2017.

Según, González Pérez las mismas normas locales transgreden, supuestamente, los derechos humanos a la seguridad jurídica y a la proporcionalidad en las contribuciones.

«Además, de los principios de legalidad y proporcionalidad tributaria, consagrados en los artículos 14, 16 y 31, fracción IV de la Norma Fundamental; 1 y 2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 2 y 3 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. X. Concepto de invalidez», según la comisión.

Por ello, los ministros emplazaron a los actuales diputados locales a que respondan a lo aprobado por la anterior Legislatura Local.

Javier CONDE/ Redacción

Comentarios