18 octubre, 2017
Este miércoles, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), rechazó -de plano- el juicio que promovieron militantes del Partido Socialista (PS), mediante el buscaban hacerse de los órganos de dirección de este instituto.
Los magistrados consideraron que existió una clara violación a los principios de paridad, al efectuarse el Tercer Congreso Estatal del PS, por lo que obligaron a las instancias internas de ese partido a reponer el procedimiento.
En su resolutivo, propusieron declarar infundado el concepto de agravio relativo a la debida interpretación del artículo 41, párrafo segundo, base primera de la Constitución federal.
Y es que el principio de paridad de género sí es aplicable en la integración de los órganos de dirigencia de los partidos políticos. Según, tal principio se debe aplicar de forma transversal, con el objeto de garantizar la participación de las mujeres en la vida política.
Por ello, la Sala Superior confirmó la sentencia de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por lo que ahora Rosalía Peredo Aguilar está obligada a reponer tal procedimiento.