28 junio, 2017
El Consejo General del INE resolvió -este miércoles- cinco procedimientos de remoción de Consejeros Electorales de los Institutos Electorales en el Estado de México, Oaxaca, Tlaxcala y Veracruz, por diversos hechos que pudieran constituir su remoción en términos de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE)ñ, de los cuales uno fue declarado infundado y los otros cuatro desechados.
Y es que el proyecto de resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), respecto del procedimiento de remoción de Consejeros Electorales identificado con la clave de expediente UT/SCG/PRCE/PRD/CG/31/2016, integrado con motivo de la denuncia presentada por el Partido de la Revolución Democrática (PRD), contra las y los Consejeros Electorales del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones quedó rechazado.
La exigencia del sol azteca no procedió y los actuales funcionarios del órgano electoral continuarán en el cargo. La queja radicó en contra de los consejeros Elizabeth Piedras Martínez, Norberto Sánchez Briones, Dora Rodríguez Soriano, Yareli Alvarez Meza, Raymundo Amador García y Denisse Hernández Blas.
Lo anterior, tras considerar que supuetamente violaron los principios rectores de la función electoral, en particular los principios de legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad, porque supuestamente influyeron en la derrota de la entonces candidata a la gubernatura de Tlaxcala, Lorena Cuéllar Cisneros. Los argumentos fueron infundados y dejaron claro que el triunfo de Marco Antonio Mena estuvo apegado a la legalidad.
JC