ITE, único facultado para retener prerrogativas a partidos: TET

24 agosto, 2016

Debe presidente municipal de Natívitas entregar gratificación de fin de año 2015 a síndico y regidores, al estar presupuestada en el presupuesto del ejercicio fiscal.

Por considerar que no tiene ninguna facultad legal para retener prerrogativas a los partidos políticos, el Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) revocó el oficio ITE-DPAF-435/2016 emitido por la directora de Prerrogativas, Administración y Fiscalización del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) sobre el descuento de financiamiento público al Partido Verde Ecologista de México (PVEM), y ordenó al Consejo General de ese organismo a pronunciarse sobre el cumplimiento de la resolución en materia de fiscalización ordenada por el Instituto Nacional Electoral (INE).El INE ordenó al ITE cumplir a una resolución por medio de la cual sancionó al PVEM con una multa, misma que ordenó aplicar a través de reducción de sus ministraciones mensuales, motivo por el cual la directora de Prerrogativas, Administración y Fiscalización, emitió oficio por el cual comunicó a ese partido que realizaría la retención correspondiente en cumplimiento a la referida resolución.

Sin embargo, al resolver el expediente TET-JE-339/2016, los magistrados determinaron que la titular de la Dirección de Prerrogativas, Administración y Fiscalización del ITE, no es competente para pronunciarse respecto del cumplimiento o ejecución de la resolución emitida por el INE, pues no hay ninguna disposición legal ni reglamentaria en la que se le otorguen facultades para ello.

“Cualquier afectación en el monto de las ministraciones de los partidos políticos, derivada de resoluciones o sentencias, debe ser revisado, analizado y aprobado por el Consejo General, que como máximo órgano de dirección del Instituto tiene asignadas una serie de atribuciones, entre las cuales se encuentra determinar lo relativo a las ministraciones mensuales de los partidos políticos. A la Dirección de Prerrogativas, Administración y Fiscalización, como órgano ejecutivo, sólo corresponde aplicar las decisiones del Consejo General”, establece el resolutivo aprobado por el Pleno del ITE.

En ese sentido, los magistrados revocaron el oficio ITE-DPAF-435/2016, de 15 de julio de 2016, emitido por la directora de Prerrogativas, Administración y Fiscalización del ITE, y ordenó al Consejo General de ese organismo a pronunciarse sobre el cumplimiento de la resolución en materia de fiscalización a cuya ejecución lo vinculó el INE, e informe al TET dentro de las 24 horas a que ello ocurra.

Comentarios