29 agosto, 2016
Carolina Vázquez Galicia, síndico municipal de Nativitas aseguró que será una verdadera sorpresa que el Congreso del Estado, le apruebe la cuenta pública de 2015 al alcalde priísta, Cuauhtémoc Barranco Palacio quien enfrenta observaciones por más de trece millones de pesos, y que sencillamente ha sido protegido desde las altas esferas del poder.
En entrevista explicó que solapó a aviadores como es el caso de “Katerine N.” quien cobra más de 14 mil pesos quincenales, el doble de sueldo de un presidente de comunidad que asciende a 4 mil pesos; y el caso de Demetrio Conde, quien tiene un despacho contable, que se encuentra en la nómina en las mismas condiciones que la primera.
Argumentó que dentro del paquete de anomalías está la ejecución de obra pública sin calidad e incrementar de 21 a 32 juicios laborales durante el 2015, por lo que desgraciadamente estas observaciones no serán tomadas en cuenta por parte de la Comisión de Finanzas y Fiscalización del Poder Legislativo, quien tolera este tipo de excesos.
Aseveró que tales anomalías han provocado que el Sistema de Administración Tributaria (SAT), notificara el pasado 20 del presente mes la imposición de una multa por 15 mil 430 pesos, lo anterior, por no informar con respecto a los pagos por concepto de Impuesto Sobre la Renta (ISR); “se supone que el descuento es cada quince días y este gravamen no es reportado”.
Por ello, demandó a los legisladores locales que no aprueben su cuenta pública, dado el cúmulo de irregularidades en el manejo de las finanzas municipales de Nativitas; “creo que vamos de mal en peor porque en una reunión de cabildo me llegó a restar facultades legales y las transfirió al director jurídico del ayuntamiento y eso no es posible”.
Prueba de ello, los magistrados del TET declararon como infundados los argumentos esgrimidos por la síndico municipal de Natívitas, Carolina Vázquez Galicia, dentro del expediente TET-JDC-009/2016, en el que se quejaba de ser transgredida en su derecho político–electoral de ser votada en su vertiente de ejercicio del cargo.
En esencia, la actora se dolía de que mediante sesiones extraordinarias de 20 y 22 de diciembre de 2015, diversos miembros del ayuntamiento de Nativitas transgredieron su derecho político– electoral de ser votada en su vertiente de acceso al cargo, al acordar delegar en profesionales del Derecho la representación jurídica del ayuntamiento, desplazándola de la función de representante del mencionado máximo órgano de gobierno municipal en procedimientos jurisdiccionales y administrativos.
Sin embargo, el resolutivo del pleno del TET declaró infundado el agravio “en razón de que contrariamente a lo que afirma la actora, no se encuentra acreditado en actuaciones que el ayuntamiento de Nativitas le haya impedido o la haya despojado de sus funciones como síndico municipal, pues en la sesiones extraordinarias de cabildo impugnadas, no se delegó facultad de representación jurídica del ayuntamiento a persona alguna”.
JC