Se quejan de pestilencia; PGJE los ignora

04 octubre, 2015

Tras haber sido asegurada una vivienda en la comunidad capitalina de Ocotlán por parte de elementos de la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE), en el pasado mes de marzo, el organismo procurador se encontraría violentando el Código Nacional de Procedimientos Penales al no haber destruido los alimentos perecederos asegurados, poniendo en un posible riesgo sanitario a la población.

En dicha fecha, los policías de investigación de la PGJE, realizaron un cateo en el domicilio ubicado en la calle Morelos No. 6, en la colonia Ocotlán de la capital del estado, donde fueron asegurados diversos bienes, entre pantallas de televisión, botellas de licor, productos de abarrotes y alimentos perecederos, los cuales se presumían eran propiedad de una fundación para personas de bajos recursos.

La propiedad fue acordonada con cinta en demasía, sin embargo, los objetos asegurados, o al menos la mayoría permanecieron en el interior, comenzando el proceso de putrefacción en completo aislamiento.

Los olores fétidos del interior comenzaron a hacerse perceptibles en la periferia, generando constantes quejas de los vecinos y transeúntes, inclusive logrando salir del interior algunos líquidos e insectos, constituyendo un posible foco de infección.

El Código Nacional de Procedimientos penales vigente desde el primer semestre del año 2014, fecha que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, determina una homologación sobre el procedimiento de la Cadena de Custodia y la preservación de indicios, el cual habría sido pasado por alto por los elementos de la PGJE que mantuvieron hasta la fecha los objetos que en estos momentos podrían haber desaparecido tras su descomposición.

El capítulo tercero del CNPP, referente a las Técnicas de Investigación del lugar de la intervención especifica la manera en que los indicios probatorios podrán y deberán preservarse, siendo que todo aquel objeto o producto que pudiera alterarse, descomponerse o desaparecer con el paso del tiempo durante la integración de la carpeta de investigación, deberá ser registrado de manera gráfica, cuantificado y destruido por su poco tiempo de existencia.

 

 

 

Comentarios