Patria potestad de preferencia a familia materna: LCC

07 julio, 2015

La presidenta de la Comisión de Desarrollo Social, Lorena Cuéllar Cisneros, consideró necesario que los menores de edad que, por motivos diversos, pierden a su madre o padre tengan garantizado su cuidado a manos de un adulto responsable.

La legisladora por Tlaxcala indicó que ante la afinidad que existe principalmente entre las niñas, los niños y la familia de la madre, se busca que al adicionar el Artículo 414 del Código Civil Federal sean precisamente los parientes maternos los que tengan la preferencia en el momento de otorgarse la patria potestad del menor.

“En la actualidad hace falta dotar a la ley de un efecto vinculante instantáneo para garantizar que los menores que pueden quedar desprotegidos por diversas razones, cuenten con el apoyo de las personas que estén más allegadas a ellos. En este caso en particular, y con base a la experiencia nacional en la materia, se ha podido notar que por principios culturales, ideológicos y propios de las costumbres mexicanas, suele darse el caso de que en la mayoría de los hogares el menor convive más con parientes maternos que con los paternos”.

La también secretaria de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables indicó que en la actualidad existen más de 40 millones de niños en el país, de los cuales al menos el 40 por ciento de ellos tienen que trabajar y dejar de lado las condiciones de salud y educación que todo niña o niño debe tener para desarrollarse plenamente.

Lo anterior, dijo, sería totalmente distinto si esos menores contarán con alguien que se hiciera cargo de su cuidado, pero en muchas ocasiones es la propia ley la que los deja en el desamparo al no establecer a tiempo, pero sobre todo de manera responsable quien asumirá la patria potestad.

“Son múltiples los factores que han contribuido a que cada día existan más conflictos en cuanto a la patria potestad, ya que en ocasiones por desconocimiento o desacato por parte de los padres hacia sus hijos, por los deberes que implica la atención, el cuidado y la responsabilidad que los mismos demandan, terminan dejando al menor en un estado de indefensión, de vulnerabilidad y sin el cuidado que requiere.”

De esta forma, Cuéllar Cisneros dijo que es lamentable que en México existan niños abandonados, desnutridos, enfermos y con pocas probabilidades de tener un desarrollo físico, intelectual, afectivo y emocional adecuado, de ahí la urgencia de establecer a sus familiares como agentes que pueden reducir la probabilidad de que un menor se quede solo.

Es por estas razones, concluyó, que ante cualquier controversia que pudiera efectuarse y tuviera un alcance jurídico, la patria potestad debe darse preferentemente al vínculo materno, al ser los familiares de la madre quienes se considera tienen una relación directa con los menores, aunque reconoció que la situación puede ser diferente cuando sea la madre quien ha descuidado a los hijos o los ha abandonado.

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