13 noviembre, 2014
Este jueves, el Congreso del Estado dio entrada a un paquete de iniciativas que envió el gobernador del estado, Mariano González Zarur, mediante las cuales propone reformas a la Constitución Local, así como al Código Financiero y a la propia Ley de Fiscalización Superior.
En el orden de la correspondencia, el mandatario explica que propone ampliar el plazo para entregar cuenta pública, para que se haga de manera semestral. Es más, la propuesta incluye únicamente, las cuentas de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial y demás entes públicos.
Mientras que en el caso de los ayuntamientos de la entidad tlaxcalteca, el gobernador indica que los estados financieros que actualmente se entregan de forma mensual, sean presentados de manera trimestral, para dar cabida a una mejor integración de las cuentas.
Cabe señalar que tal propuesta plantea reducir el plazo a fin de que los diputados dictamine las cuentas públicas de cada año; es decir, el propio Congreso Local dictaminaría las cuentas públicas a favor o en contra, a más tardar el 31 de agosto posterior al ejercicio fiscalizado.
Y no precisamente al 30 de octubre como lo establece actualmente el artículo 54 de la Constitución Local. En este sentido, algunos legisladores consultados indican que la misma propuesta es interesante y que solamente buscarán los consensos necesarios para poder aprobar el paquete.
Cita que debe fijarse un plazo especial para aquellos años en los que se celebre proceso electoral correspondiente a la designación del Ejecutivo: “la fecha límite para la dictaminación del periodo enero-octubre será el quince de diciembre, mientras que el bimestre restante, noviembre-diciembre se sujetará al periodo ordinario de presentación y dictaminación”.
Mariano González Zarur argumentó que resultan muy reducidos los periodos y plazos que actualmente establece la Ley de Fiscalización en el estado para la presentación de las cuentas públicas de los Poderes como de municipios.
Textualmente, cita: “lo anterior dificulta el cumplimiento de las disposiciones legales que han sido citadas y, por lo tanto, las hace inoperantes. Como referencia, es preciso señalar que en otras entidades federativas la presentación de la cuenta pública se efectúa con una periodicidad trimestral, cuatrimestral, semestral o anual”.
* Información JAVIER CONDE