05 noviembre, 2013
El pleno de la Cámara de Diputados Local dejó en pausa la discusión de la reforma al Código Civil del Estado de Tlaxcala, luego de que se empantanara la discusión sobre una reforma a la Constitución Local y dos artículos de esta norma secundaria.
Y es que inicialmente dicha iniciativa enviada por el Poder Ejecutivo, pareció no tener mayor problema, sin embargo, diputados de los Partidos Alianza Ciudadana y Socialista coincidieron que dicha propuesta no fue discutida a profundidad.
El diputado local, Bernardino Palacios Montiel propuso “para que el gobernador del estado, tenga la facultad de nombrar a jueces del registro civil en los 60 municipios del estado, es necesario reformar el artículo 70 de la Constitución Local”.
A dicha propuesta se sumaron los legisladores Víctor Acotlzi y Fortunato Macías Lima. Por ejemplo, señalaron que restarán facultades a los alcaldes en el nombramiento de los titulares en cada municipios e incluso en la disminución de ingresos a las comunas.
Cabe señalar que el artículo 556 de la citada ley dice “para la elección de los oficiales del Registro del Estado Civil, la Oficialía Mayor de Gobierno emitirá la convocatoria correspondiente y serán designados por el gobernador quienes satisfagan los requisitos señalados”.
En tribuna, el legislador del PRI, Tomás Vásquez Vásquez dijo los oficiales del Registro del Estado Civil serán removidos libremente por el mandatario, a solicitud de la Oficialía Mayor de Gobierno.
Incluso, indicó que los oficiales del Registro del Estado Civil, percibirán los emolumentos que fije el presupuesto de egresos del Gobierno del Estado y dependerán directamente del Gobierno del Estado.
Dijo que dicha comisión observa que se justifica el cambio de denominación de Juez por Oficial del Registro Civil, por el motivo de que el encargado de realizar las anotaciones del Estado de las personas no juzga y se pueden generar confusiones entre los usuarios.
Por su parte, Carlos Augusto Pérez del PRI agregó de que se debe de tomar en cuenta que nuestra Entidad Federativa firmó el acuerdo de coordinación para el Programa de mitro Modernización Integral del Registro Civil el día veinticinco de noviembre de 2002,
Detalló que el Registro Civil debe de ser una función propia del Estado, derivado a que la actividad de esta institución es generar certeza jurídica a las personas de los hechos y actos sobre su identidad, nacionalidad y sobre sus relaciones como es el caso del matrimonio y de la filiación.
Una vez que se fueron a receso por más de dos horas, los diputados determinaron dejar en receso la sesión de este día y citar para mañana miércoles al secretario de Planeación y Finanzas, Ricardo García Portilla, para que explique el funcionamiento de los registros civiles.
Y es que también a los municipios les impactará dicha reforma, toda vez que dejarían de percibir recursos al ciento por ciento por diversos trámites en materia civil y es que el gobierno sólo pretende canalizar el 25 por ciento de los ingresos por este concepto. Lo cierto, es que los legisladores también dejaron pendiente dicho punto porque tenían programada una comida en el recinto ferial de Tlaxcala, en punto de las 16:00 horas.
Los argumentos…
Pérez Hernández sostuvo que el Estado debe asumir esa responsabilidad y destaca que se debe de modernizarse y adecuarse a las necesidades y cambios sociales, razón por lo que con la presente reforma atiende a lo establecido en el Programa de Modernización Integral del Registro Civil.
“La propuesta del Ejecutivo cita que los oficiales del Registro Civil deben de contar con los conocimientos suficientes en materia registral para desarrollar adecuadamente sus funciones y que actualmente en el Reglamento del Registro del Estado Civil en el Estado de Tlaxcala”.
Agregó que la propuesta establece como requisito para ser Juez el de presentar certificado de nivel medio básico, ante lo cual se considera que se debe de profesionalizar y nombrar a los mejores a través de la presentación de un examen de conocimientos en materia registral y que cuenten con la Licenciatura en Derecho y con Cédula Profesional.
Lo anterior, con una antigüedad de tres años de expedición a efecto de que se pueda contar el personal capacitado para atender a todos los ciudadanos que requieran realizar algún trámite y con esto evitar errores en los datos asentados en las actas