23 octubre, 2013
Por JAVIER CONDE
Nuevamente, la fracción parlamentaria del PRI, con el apoyo de legisladores de oposición buscan reformar 26 de 84 artículos de la Ley de Pensiones Civiles del Estado de Tlaxcala, para evitar que la Corte emita un fallo en su contra.
Y es los ministros han enlistado el resolutivo de la acción de inconstitucionalidad que promovieron 13 de 32 diputados por considerar que la misma no fue reformada como lo estipula la Ley Orgánica del Poder Legislativo.
Además, tres juzgados de Distrito han entregado información a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), para examine los yerros en los cuales incurrieron los diputados priístas al aprobar la ley el pasado 30 de diciembre.
Por ello, fuentes del Poder Legislativo han señalado que buscan reformar dicha ley para evitar que la Corte sólo haga observaciones mínimas y con ello, evite decir que hay violación a los derechos humanos de burócratas.
Como se recordará el Sindicato Siete de Mayo y la sección 55 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE), interpusieron amparos ante el Poder Judicial de la Federación, por supuestas violaciones a derechos humanos. En este sentido, esos mismos tres juzgados otorgaron amparos a los agremiados.
Incluso, el presidente de la mesa directiva del Poder Legislativo, Tulio Larios Aguilar dijo a la prensa que esta nueva reforma podría quedar aprobada este jueves. Incluso, lo anterior causó irritación en el Sindicato 7 de Mayo.Y es que este viernes, un grupo de burócratas comisionados ingresó a la sede del Congreso Local, en forma abrupta y lanzó huevos a los legisladores que daban primera lectura a la iniciativa presentada por el Revolucionario Institucional.
Una copia de la iniciativa presentada y que obra en poder de este medio de comunicación especifica realizar 25 modificaciones a dicha ley.
Las propuestas:
Dentro de las propuestas del PRI, está que dentro del salario pensionable se reduzca de cinco a un año, el promedio de los salarios base que puedan percibir los trabajadores en los últimos doce años de vida activa, usando el Índice Nacional de Precios al Consumidor.
Además, el tricolor propone que se reforme el artículo 40 para que quede de la siguiente forma: “La institución podrá otorgar jubilaciones o pensiones por vejez, invalidez o muerte de un servidor público menores a un salario mínimo”.
Agrega que los salarios mínimos a que se refiere este artículo corresponden a la zona geográfica de Tlaxcala. Actualmente, dicho artículo no menciona que será otorgado de acuerdo a dichos términos.
Incluso, en el artículo 55 los diputados priístas proponen que la orden para gozar de las pensiones se hará de la siguiente forma:
“La concubina o concubinario con quien el servidor público, jubilado o pensionado hubiese vivido fuera de su cónyuge durante los últimos cinco años anteriores siempre que la concubina o concubinario permanezca libre de matrimonio y no viva en nuevo concubinato”.
Además, los priístas ratifican que en el artículo 84 que los servidores públicos sujetos al Libro B de esta ley disfrutarán del Seguro Popular pero ahora le agregan “o del programa que lo sustituyan… y gozarán de este beneficio como lo establece la Ley del ISSSTE”.
Lo anterior, causó en su momento el enojo de los sindicalizados quienes –de acuerdo con lo previsto en la ley- algunos ya no tendrán servicio médico donde elijan ni un derroche de dinero en la compra de medicamentos.
El artículo 77 de la Ley de pensiones no menciona que cada quince días se les descontará una cuota máxima equivalente a 12.625 por ciento. Actualmente, no establece dicho descuento quincenal.
Dicha propuesta propone eliminar el artículo tercero transitorio, el cual menciona la solicitud expresa de acogerse al beneficio que otorga este artículo, su jubilación o su pensión por vejez, respectivamente.
Además, los diputados priístas y algunos del PAN, PRD, PT y PVEM buscan realizar modificaciones en fechas, términos y condiciones para que entre en vigor dichas reformas.
Del mismo modo, la nueva propuesta propone modificaciones en el artículo noveno que señala que para efectos del artículo 41 de la presente ley, en tratándose de aquellos servidores públicos que al 31 de diciembre de 2012, cuente con al menos 27 años de aportación a la institución hasta el año 2014.
Explica que la edad requerida para obtener la jubilación estará en función del año calendario de acuerdo con la edad establecida en la misma ley.
“A partir de la entrada en vigor de la presente ley hasta el 31 de diciembre de 2024”. Cabe señalar que la ley actual establece que la misma se daría hasta el primero de enero de 2027.
Dentro de los puntos más relevantes está que los servidores públicos serán sujetos del Libro A de este ordenamiento excepto en el caso que se refiere el párrafo siguiente.
“Los servidores públicos tendrán derecho a optar por el régimen permanente del ahorro personal, siempre y cuando manifiesten su voluntad de ser sujetos al Libro B, dentro del plazo de seis meses siguientes a la entrada en vigor de esta ley”, concluye.