28 febrero, 2013
IMMX NOTICIAS
Con la finalidad de dar mayor agilidad al trabajo que se realiza al interior del Congreso local, en la que se incluye la ampliación de los periodos ordinarios de sesiones de cada año legislativo, el diputado Gelacio Montiel Fuentes, presentó al Pleno la propuesta para reformar diversos ordenamientos de la Ley Orgánica del poder Legislativo.
Destacó que la necesidad de adecuar el marco normativo parlamentario, es que los diputados generen mayor confianza a sus representados, legislando con más constancia, de manera eficaz y eficiente para tener mayores condiciones de gobernabilidad al implementar normas que coadyuven en la aplicación de mejores políticas públicas en beneficio de la población.
“Nuestros representados”, dijo, “tienen el interés de que quienes integramos el poder Legislativo, demos respuesta a las necesidades comunes, deliberando y aprobando las reglas básicas sobre las cuales se construya el desarrollo de nuestro Estado. Una ley no es una restricción, sino la forma de generar y concretar reglamentariamente políticas públicas generales y de beneficio colectivo”.
Con esta propuesta de reforma se busca ampliar los periodos ordinarios de sesiones de cada año legislativo, del 31 de diciembre al 15 de junio y del 15 de julio al quince de diciembre.
Además de establecer que la fuerza pública podrá acceder sólo a petición de representantes legales del Legislativo y con la presencia de ellos, de tal forma que la autorización y el mando se den y se asuman desde la puerta misma del recinto.
Montiel Fuentes, propuso que una vez otorgada la licencia respectiva a algún diputado, se llame al suplente, quien asumirá el cargo durante la temporalidad de separación concedida al propietario en la sesión inmediata ya sea del Pleno o de la Comisión Permanente.
Por otra parte, el legislador Bernardino Palacios Montiel, presentó el acuerdo por el que se exhorta al titular del poder Ejecutivo local para que ordene a quien corresponda, la liberación de las unidades que fueron consignadas a los prestadores del servicio de transporte alternativo de bicitaxis, mototaxis y tricimóvil en tlaxcala, hasta en tanto no se regule dicho servicio.
Sobre este particular, refirió que en México y en Tlaxcala, de acuerdo al principio de permisión, lo que no está prohibido, está permitido, lo que quiere decir que si la Ley no prohíbe expresamente el funcionamiento de este servicio, los operativos de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, que se están llevando a cabo, carecen de fundamento legal y exceso de funciones.
Dijo que esas acciones se pueden tipificar en abuso de autoridad en el artículo 180 del Código Penal de Tlaxcala, pues si bien es cierto no cuentan con los permisos correspondientes, también es cierto que es obligación del Ejecutivo del estado regularlos mediante un reglamento.