11 septiembre, 2012
Escribe DONATELLA DE JUIR
Muy estimad@s amig@s. Siempre es un gusto platicar con ustedes por este medio. Especialmente porque al estar en contacto, ponemos nuestro granito de arena para hacer que las cosas cambien.
Ustedes recordarán que en el número anterior de Hoguera de Pasiones, les comentaba yo que para conocer la problemática que vivían algunos vecinos de diferentes unidades habitacionales por la falta de suministro de agua potable, realizamos diversas visitas a dichos centros de población.
Fuego abrazador
Durante el recorrido que realizamos para constatar la veracidad de los dichos por los vecinos, nos encontramos con otros problemas que, por su naturaleza y efecto, ponen en riesgo la tranquilidad y paz social de muchos habitantes.
Y todo, según nos revelan algunos vecinos inconformes, debido a la falta de atención de los responsables de las diferentes áreas de la administración pública municipal, quienes -sea por desconocimiento o con total consciencia- han permitido que dichos problemas crezcan.
Me refiero en esta ocasión a la invasión de áreas verdes que algunos “vivales” realizan y construyen sobre lo que se suponen que serían áreas comunes, anexos de sus viviendas, ya para establecer comercios, ya para ampliar sus casas.
Resulta que según el artículo 146 de la Ley de Ordenamiento Territorial para el Estado de Tlaxcala señala que “ninguna de las calles de un fraccionamiento […] podrá tener una anchura menor que aquella, con base en las normas técnicas de la Ley de Construcción del Estado de Tlaxcala”.
Brasas
Pero en la práctica, a los vecinos, y a las autoridades municipales, les vale un verdadero cacahuate que existan vecinos que se apropien de áreas comunes y reduzcan la anchura de las calles, y construyan, con la complacencia de la Dirección de Obras Públicas.
El problema viene cuando el propietario de una casa quiera vender su patrimonio. Simplemente no podrá por un sencillo asunto: la escritura del predio establece unas medidas que no corresponderían con las que tienen muchas viviendas de las zonas habitacionales.
Como caso específico se señalan los trabajos de construcción que realizan vecinos de la Unidad Habitacional Ignacio Zaragoza de Huamantla, quienes construyen sin dificultades. No cuente usted que para levantar “aunque sea una bardita” se requiere el permiso de la Dirección de Obras.
Allí, desde hace más de quince años, ha habido vecinos que se han apropiado, ilegalmente, de unos cuantos metros. Y hasta ahora, no ha habido autoridad ni que evite estas prácticas, ni que meta en cintura a quienes cometen este tipo de ilícitos.
Tizones
Lo que todavía no termino de entender es cómo los inspectores y los mandos de la Dirección de Obras Públicas no han detectado estas anomalías. Porque cuando alguien quiere, por ejemplo hacer trabajos de reparación menor, le caen enseguida las notificaciones y las multas.
Tal es el caso de un vecino de la zona de san Sebastián quien trató de hacer una entrada en su casa. Y más tardó en poner arena y grava para los trabajos, cuando de inmediato llegaron los inspectores que, ni tardos ni perezosos, le extendieron sendas notificaciones para que se apersonara en la presidencia municipal a pagar el permiso correspondiente y para que retirara de la vía pública el material de construcción que allí tenía.
Y eso hasta donde me cuentan los vecinos que no están de acuerdo con estas prácticas, pues en el caso del agandalle de la vía pública, no han notado ni siquiera una suspensión de obra a pesar de que violan flagrantemente la ley respectiva.
Rescoldos
Pero lo que verdaderamente indigna a algunos colonos de estos lugares es lo que reza artículo 169 de la Ley de Ordenamiento Territorial para el Estado de Tlaxcala: “Toda persona física o moral que tenga conocimiento de que se haya autorizado o se estén llevando a cabo actos o acciones urbanas en contravención a las disposiciones de esta ley […] tendrán derecho y obligación de poner en conocimiento a la autoridad competente que corresponda, para que se dé inicio a los procedimientos administrativos y se apliquen las sanciones correspondientes”.
De esta manera, no habrá justificación para que los responsables de la Dirección de Obras Públicas dejen pasar de largo esta denuncia pública, pues como reza el artículo 175 de la citada ley consultada: “La autoridad estatal o municipal, previo análisis de la procedencia de la denuncia, a más tardar dentro de los quince días hábiles siguientes a la presentación de la misma, hará del conocimiento del denunciante […] el resultado de la verificación de los hechos y medidas impuestas, en su caso”
Cenizas
Espero que la Dirección de Obras Públicas informe, a la población en general, las acciones tomadas al respecto. A ver si hay alguien que realmente haga su trabajo y se avoque a solucionar un problema como el descrito.
Después de todo, las acciones que emprenda la comuna, las conoceremos en los siguientes quince días. Mientras tanto, espero que tengan unas excelentes fiestas patrias.