08 junio, 2012
MSN POLÍTICO
En sesión extraordinaria celebrada este viernes, el Consejo Local del Instituto Federal Electoral (IFE) en Tlaxcala, atendió los recursos de revisión promovidos por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) y el candidato presidencial por la Coalición Movimiento Progresista, Andrés Manuel López Obrador, en contra de resoluciones emitidas por el Consejo Distrital 02 con cabecera en Tlaxcala, por quejas referentes a la colocación de propaganda en equipamiento urbano, de las cuales por unanimidad de votos, los integrantes de este colegiado revocaron una resolución y confirmaron otra.
El primer asunto atendido fue el expediente de dos recursos de revisión presentados por distintos actores pero en contra de una misma resolución, mismos que promovieron el PRI y el candidato presidencial Andrés Manuel López Obrador. La resolución dictada por el Consejo Distrital fue revocada por el Consejo Local, en lo relativo a la responsabilidad e individualización de la sanción de los candidatos a la Senaduría y a la Presidencia de la República, Lorena Cuéllar Cisneros y Andrés Manuel López Obrador, respectivamente.
En este asunto, el Consejo Local ordenó al Consejo Distrital emitir una nueva resolución apegada a la normatividad referente a la propaganda política o electoral establecida para los partidos políticos en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) y en el Reglamento de Quejas y Denuncias del IFE, en donde se establece que la autoridad electoral está obligada a agotar todos y cada uno de los planteamientos hechos por las partes, en acatamiento a los principios de exhaustividad y congruencia.
La inconformidad presentada por el PRI, se desechó al considerarse que las pruebas aportadas no son suficientes para demostrar la responsabilidad de los candidatos; razón por la cual se revoca la resolución del Consejo Distrital, en el que se sancionaba a los candidatos Lorena Cuéllar y Andrés Manuel López Obrador, ante la inexistencia de elementos probatorios pertinentes.
Lo anterior, para establecer su responsabilidad en la colocación o fijación de la propaganda, mismos que pudieran cumplirse en caso de existir testimonios, documentales, el reconocimiento expreso de la responsabilidad u otros datos objetivos, señala la resolución del Consejo Local, debido a que para sancionar, no sólo se debe acreditar la existencia de la infracción, sino también la imputación.
El otro recurso de revisión atendido por el Consejo Local, confirma la resolución emitida el pasado 26 de mayo por el 02 Consejo Distrital, misma que contempla una multa de 200 días de salario mínimo, en contra del Partido del Trabajo (PT) y declara infundada la queja en contra de los candidatos al Senado y a la Presidencia de la República, Martha Palafox Gutiérrez y Andrés Manuel López Obrador, respectivamente, al no comprobarse su responsabilidad en la colocación de propaganda en equipamiento urbano.
Cabe señalar, que este último recurso de revisión, también fue promovido por la representación del PRI en el Consejo Distrital 02.