02 marzo, 2012
Por la REDACCIÓN
Este jueves el Pleno de la LX Legislatura, aprobó reformas al Código Penal, para tipificar al feminicidio como delito grave, así como para que la violencia familiar sea considerada como agravante para la pérdida de la patria potestad.
Con ello, se da cumplimiento a la resolución emitida el 25 de noviembre de 2011, por el Tribunal Superior de Justicia del Estado, como Órgano de Control Constitucional, por la que se mandató al Legislativo llevar a cabo la armonización de la legislación penal y civil vigente en la entidad para garantizar a las mujeres el acceso a una vida libre de violencia.
En la lectura del dictamen, el diputado Silvestre Velázquez Guevara, dijo que la actual Legislatura no ha incurrido en violación alguna a los derechos de las enjuiciantes, pues al no haberse dictaminado en la legislatura pasada, dicha iniciativa quedó únicamente con el carácter de antecedente y en virtud de no haberse adoptado como propia por la actual y no haberse presentado en el primer periodo de sesiones ordinarias, tenía el carácter de documento de consulta.
En razón de lo anterior, la Comisión determinó emitir el presente dictamen para adecuar diversas disposiciones a los Códigos Penal y de Procedimientos Penales para el Estado de Tlaxcala, para tipificar como delitos el feminicidio y la violencia familiar.
En este sentido, comete el delito de violencia familiar, quien ejerza el acto abusivo de poder u omisión intencional dirigido a dominar, controlar o agredir de manera física, psicológica, patrimonial, económica o sexual, dentro o fuera del domicilio familiar, sobre alguna persona a la que esté o haya estado unida, por un vínculo matrimonial, de parentesco por consanguinidad, afinidad o civil, entre otras.
En caso de que la víctima padezca algún trastorno mental diagnosticado, se aumentará en una mitad la pena que corresponda, para lo cual el juzgador valorará el tipo de rehabilitación o tratamiento médico al que estuviere sujeta la víctima para la imposición de las sanciones.
Asimismo, se sancionará con penas de 17 a 30 años de prisión y multa de 40 a 100 días de salario, a quien cometa el delito de feminicidio; y cuando la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo, presente lesiones en zonas genitales o en ambas que evidencien un trato degradante y destructivo.
En otro punto de la sesión, el Congreso local no se adhiere a lo acordado por el Congreso de Yucatán que aprueba adicionar un séptimo párrafo a la fracción III del Artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
En la lectura, el diputado Tulio Larios Aguilar, dijo que la propuesta tenía la finalidad de que los poderes Judicial de los Estados gocen de independencia financier,a garantizada mediante la asignación de un presupuesto que no fuera inferior al dos por ciento del total del gasto programable de los presupuestos de egresos anuales de las entidades.
Indicando que en Tlaxcala en el mes de diciembre, fue reformada la Constitución Política por la que se redujo el número de magistrados del Tribunal Superior de Justicia, por lo que el Poder Judicial Estatal dejará de erogar una cantidad considerable y destinado al nuevo sistema de Justicia Penal Acusatorio y Oral, en pro de una eficiente y eficaz impartición de justicia.
Además de ello, se indicó, que el número de expedientes que se llevan en comparación con otras entidades de la República es inferior; además de que el estado de Tlaxcala no está en la disponibilidad financiera para cumplir con la reforma propuesta.