SEGUIRÁ INSPECCIÓN DE TRANSPORTE PÚBLICO

11 enero, 2012

Por la REDACCIÓN

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes del Estado (Secte) mantiene una supervisión y vigilancia permanente al Servicio Público de Transporte, con el propósito de que éste ofrezca seguridad, eficiencia, respeto a los horarios e itinerarios y mejores  condiciones de operatividad en beneficio de los usuarios.

Para tal efecto, los inspectores adscritos a la dependencia estatal continuarán este año con la vigilancia permanente, a efecto de garantizar que el servicio otorgado sea de calidad.

Ante este panorama, la Secte llamó a los concesionarios y operadores de este servicio a que respeten la normatividad para no hacerse acreedores a alguna sanción económica y, sobre todo, los conminó a que el servicio que ofrezcan sea de calidad, respeto y amabilidad.

El Reglamento de la Ley de Comunicaciones y Transportes en el Estado de Tlaxcala en materia de transporte Público y Privado faculta a los inspectores para llevar a cabo, en cualquier día y hora, la supervisión y vigilancia de las unidades, ya sea para comprobar su funcionamiento y seguridad, o durante la realización del servicio, con el objetivo de verificar que cumplan con las condiciones establecidas en la concesión, autorización o  permiso correspondiente.

Por tanto, la dependencia estatal, por conducto de los inspectores, tendrá la responsabilidad de vigilar que las unidades circulen en las rutas asignadas por la Secte. De igual forma, podrán revisar la documentación que portan los conductores, así como las condiciones de seguridad con las que operan.

Así, los inspectores están facultados para proceder cuando los conductores de las unidades contravengan alguna de las disposiciones de la ley o su reglamento en materia de Comunicaciones y Transportes.

El procedimiento consiste en levantar la boleta de infracción correspondiente y retener como garantía de la licencia de conducir, la tarjeta de circulación, una o ambas placas o, en su caso, el vehículo, que podrá ser remitido al corralón.

De acuerdo con la ley en la materia, entre las obligaciones de los conductores se encuentran: portar durante el tiempo que proporcionen el servicio la licencia de conducir vigente tipo “A”; permitir el ascenso a personas con capacidades diferentes, facilitar su asenso y descenso; respetar el descuento del pasaje a las personas que exhiban su credencial autorizada por la Secretaría u otras dependencias federales o estatales.

También, hacer la devolución del importe del pasaje, cuando el vehículo sufra alguna descompostura que le impida continuar con la prestación del servicio, además de hacer paradas en lugares autorizados.

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