15 agosto, 2011
Por MAYRA ROMERO GAYTÁN
Comisionada propietaria de la CAIPTLAX
El derecho de acceso a la información pública es un derecho fundamental, que como servidores públicos debemos garantizar a las personas que soliciten información, además de que se debe prevalecer el principio de máxima publicidad antes de clasificar la información como reservada, ya que este principio se encuentra establecido en nuestra carta magna, y por tal motivo no se debe obstaculizar el acceso a la información pública ya que, el derecho a saber favorece la transparencia en el manejo de los recursos públicos de las dependencias e instituciones públicas.
De toda la información que se genera en las diversas entidades públicas, alguna puede ser clasificada cómo reservada o confidencial, siempre observando lo que establecen la ley y los lineamientos que se expidan para ello, ya que al momento de clasificar la información deben fundar y motivar la reserva de la misma, los sujetos obligados no pueden determinar de manera unilateral la reserva de la información.
La Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP), establece que la información pública podrá ser reservada cuando comprometa la seguridad pública municipal o estatal, dañe la estabilidad financiera del Estado o de los municipios, ponga en riesgo la vida, seguridad o la salud de cualquier persona, cause serio perjuicio a la verificación del cumplimiento de las leyes, a la impartición de justicia o a la seguridad de un denunciante o testigo, así como a la fiscalización o recaudación de las contribuciones, la información protegida por derechos de propiedad intelectual, entre otros supuestos que señalan las leyes en la materia.
Al momento que se presenta una solicitud de información, ya sea de manera escrita o por sistema electrónico (INFOMEX) a determinada dependencia, es porque el ciudadano está interesado en conocer algo de esa entidad pública y el titular del área responsable de información (ARI) tiene que analizar a que área administrativa de la propia dependencia debe remitir esa solicitud de información y darle el seguimiento debido para garantizar el derecho a saber de las personas.
El Consejo General de la CAIPTLAX en mayo de dos mil ocho expidió los Lineamientos generales para la clasificación y desclasificación de la información pública y confidencial, mismos que deberán ser observados por las entidades públicas obligadas, para poder realizar la clasificación de la información.
Ya que, para reservar la información pública, se deberán señalar el o los ordenamientos jurídicos, artículo (s), fracción (es), inciso (s) y/o párrafo (s) que expresamente le otorgan ese carácter de clasificada, los titulares de las áreas administrativas y las áreas responsables de información motivarán la clasificación de la información, señalando de manera clara y precisa las razones, motivos y circunstancias especiales que llevaron a la reserva de la información solicitada.
El periodo máximo de reserva es de 12 años, tomándose en cuenta las circunstancias de modo, tiempo y lugar para dicha clasificación, se podrá solicitar la ampliación por un periodo igual siempre y cuando las causa que dieron origen a la reserva sigan subsistiendo, los comités de información de las entidades públicas obligadas, serán quienes acuerden clasificar la información al momento de responder la solicitud de acceso a la información, señalando la unidad administrativa que generó la información, la fecha de clasificación, fundamento, plazo de reserva, y en su caso las partes de los documentos que se reservan, remitiendo a la CAIPTLAX para que analice la reserva de información y emita observaciones, o en su caso valide los criterios que dieron origen a esa clasificación como reservada.
Este tema de la reserva de información, es muy amplio, que en ocasiones los espacios que muy amablemente nos proporcionan los medios de comunicación nos limitan un poco el poder explicar con mayor detalle, Por ello seguiremos escribiendo para ustedes estimados lectores.
Les recuerdo a todos los jóvenes universitarios que siguen abiertas las convocatorias de los concursos nacionales de spot de radio y de ensayos universitarios en estos temas que nos ocupan, seguimos visitando universidades públicas y privadas, promoviendo su participación.
Los invito a que asistan al Seminario Internacional: “Hacia una política de rendición de cuentas en México” que organiza la Red por la Rendición de Cuentas, los días 22 y 23 de Agosto, el programa lo encuentran en